Subvenciones destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de población activa

Logos: Junta de Andalucía, Ministerio de Educación, Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia, Financiado por la Unión Europea

Con fecha 6 de junio se ha publicado, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea – NextGenerationEU (C20.I01.P04.S17), y se efectúa la convocatoria del año 2024.

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye como Componente 20 el Plan Estratégico de Impulso a la Formación Profesional, que supone la continuidad y mejora del Plan de Modernización de la Formación Profesional presentado por el Gobierno el 23 de julio de 2020.

Entre las inversiones del Componente 20 se encuentra la Inversión 1, denominada 'Reskilling & Upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales', entre cuyas líneas de actuación figura la número cuatro, que atiende a la formación en competencias emergentes, de rápida evolución y con prospectiva en la generación de empleo. Asimismo, atiende también a la formación en aquellos sectores que, como consecuencia de la previsible evolución de las condiciones económicas y sociales, generarán en el futuro puesto de trabajo. Entre ellos están la formación en el cuidado a las personas, en aspectos relacionados con la transición verde, así como en los sectores estratégicos recogidos en el Plan de Modernización.

Proyectos subvencionables

Los proyectos subvencionables en el marco de esta línea de subvenciones incluirán:

  • Proyectos de empresas para la formación de sus trabajadores vinculados mediante una relación laboral, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate. Se podrá incluir en estos proyectos la organización de procedimientos previos de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, en los términos previstos en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio (RCL 2009, 1695), de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.  Estos proyectos se financiarán con hasta un 20% de los fondos disponibles en cada resolución de convocatoria, estableciéndose para cada una de ellas el límite máximo por solicitud en función de la disponibilidad presupuestaria.
  • Proyectos de agrupaciones de empresas, asociaciones empresariales, consorcios, organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas, destinados a la formación de trabajadores de un conjunto de empresas pertenecientes o vinculadas al beneficiario, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate. Se podrá incluir en estos proyectos la organización de procedimientos previos de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, en los términos previstos en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Estos proyectos se financiarán con hasta un 40% de los fondos disponibles en cada resolución de convocatoria, estableciéndose para cada una de ellas el límite máximo por solicitud en función de la disponibilidad presupuestaria.
  • Proyectos de entidades de formación que presenten propuestas de formación, y en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda de empleo que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas. Estos proyectos se financiarán con hasta un 30% de los fondos disponibles en cada resolución de convocatoria, estableciéndose para cada una de ellas el límite máximo por solicitud en función de la disponibilidad presupuestaria.
  • Proyectos de entidades sin ánimo de lucro que presenten propuestas de formación, y en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda de empleo, así como para colectivos de especial vulnerabilidad relacionados en el Anexo V de esta Orden. Estos proyectos se financiarán con hasta un 10% de los fondos disponibles en cada resolución de convocatoria, estableciéndose para cada una de ellas el límite máximo por solicitud en función de la disponibilidad presupuestaria.

Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades, en función del tipo de proyecto subvencionable, descritas en el artículo 4 de las bases reguladoras.

En ningún caso podrán obtener la condición de entidad beneficiaria, aquellas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 4.4 del Anexo I de la presente Orden.

Financiación y cuantía

Las subvenciones estarán financiadas al 100% con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) con fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación Next Generation EU, el importe total disponible para la presente convocatoria es de hasta 34.605.464,94 euros.

Cargo a los créditos presupuestarios disponibles con carácter estimativo a las siguientes partidas presupuestarias y anualidades
Tipo de proyecto subvencionable Partida presupuestaria Anulidad 2024 (euros)
1.4.a) Proyecto de empresas para la formación de sus trabajadores/as (20%) 1200180000G/32D/47002/00 MR07200104 6.921.092,99 €
1.4.b) Proyectos de agrupaciones de empresas, asociaciones empresariales, consorcios, organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas, destinados a la formación de trabajadores de un conjunto de empresas pertenecientes o vinculadas al beneficiario, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales (40%) 1200180000G/32D/47002/00 MR07200104 2.768.437,20 €
1200180000G/32D/40500/00  MR07200104 2.768.437,20 €
1200180000G/32D/44200/00 MR07200104 2.768.437,20 €
1200180000G/32D/48000/00 MR07200104 2.768.437,19 €
1200180000G/32D/46900/00 MR07200104 2.768.437,19 €
1.4.c) Proyectos de entidades de formación que presenten propuestas de formación,  y en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral  (30%) 1200180000G/32D/47002/00 MR07200104 3.460.546,50 €
1200180000G/32D/48000/00 MR07200104 3.460.546,49 €
1200180000G/32D/44600/00 MR07200104 3.460.546,49 €
1.4.d) Proyectos de entidades sin ánimo de lucro (10%) 1200180000G/32D/48000/00 MR07200104 3.460.546,49 €

A fin de garantizar el cumplimiento del objetivo CID 298 del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia al cuarto trimestre de 2024, en el caso de que en algún tipo proyecto de formación se presenten solicitudes cuyo importe supere los porcentajes establecidos en el artículo 1.4 del Anexo I de la Orden, se podrá realizar una redistribución del crédito para atender las solicitudes presentadas sin necesidad de esperar a que finalice el plazo de presentación de solicitudes, siempre que no se exceda del 100 % de la disponibilidad del conjunto de aplicaciones presupuestarias asignadas, sin que este hecho tenga la consideración de un aumento de la cuantía máxima del crédito aprobado de la convocatoria.

Dado que las acciones formativas subvencionables tendrán una duración de entre 30 y 60 horas de formación, el importe de la subvención resultará de aplicación, para cada acción formativa, un módulo económico de 245 € por persona formada, para la formación de 30 horas, y de 549 € por persona formada, para las formaciones que alcancen las 60 horas. Para cualquier acción formativa con una duración entre 31 y 59 horas, se deberá aplicar el módulo económico de forma proporcional conforme a lo siguiente:

  • El coste hora para las acciones formativas de 30 horas es de 8,17€/hora (245€/30 horas).
  • El coste hora para las acciones formativas que superen las 30 horas y no alcancen las 60 horas es de 10,13€/hora (549‐245) / 30). Este cálculo corresponde a que las primeras 30 horas de formación, se rigen por el coste hora del módulo económico de 30 horas y, por tanto, para establecer el coste hora de las horas restantes tenemos que sustraer del importe máximo los 245€ del módulo mínimo.

Requisitos para la obtención de la subvención

Los requisitos detallados de las entidades solicitantes se describen en el artículo 4 del Anexo I de la Orden de 29 de mayo de 2024.

Plazo de presentación de solicitudes

Desde el 7 de junio hasta el 31 de agosto de 2024, salvo que en aras de favorecer la completa ejecución de las acciones formativas financiadas a través del programa MRR Reskilling & Upskilling, se amplíe el plazo previsto en el objetivo CID 298 o hasta el agotamiento del crédito establecido.

Formularios y lugar de presentación

Las solicitudes deberán cumplimentarse y presentarse, ajustándose a los modelos normalizados establecidos en los Anexos IV.A y IV.B de esta Orden, que estarán disponibles en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, a través del Catálogo de Procedimiento y Servicios.

Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios

Preguntas frecuentes

Consulta las Preguntas frecuentes (pdf) relacionadas con este convocatoria

Logotipos

En cumplimiento de lo establecido por el artículo 23. g) del ANEXO I de la Orden de 29 de mayo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea – NextGenerationEU (C20.I01.P04.S17).

Se adjunta a continuación los Logotipos obligatorios para su inclusión en las placas informativas, textos, webs y cualquier otro tipo de soporte utilizados en la ejecución de las acciones formativas subvencionadas.

Memorias justificativas

Las Memorias justificativas del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención  son reguladas por el artículo 28.3  de la Orden de 29 de mayo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea– NextGenerationEU (C20.I01.P04.S17).

Dichas Memorias deberán estar Fechadas y firmadas, por el solicitante o su representante.

Normativa

  • Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea – NextGenerationEU (C20.I01.P04.S17), y se efectúa la convocatoria del año 2024
  • Extracto de la Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deporte y por la Unión Europea - NextGenerationEU-  y se efectúa la convocatoria del año 2024.
  • Instrucciones estatales relativas a la justificación económica y técnica de Reskilling y Upskilling de la población activa (pdf)